- Todos los aspirantes deberán acreditar su personalidad con el documento nacional de identidad u otro documento oficial identificativo.
- Durante la realización de las pruebas, los miembros del tribunal velarán para que todos los participantes cumplan debidamente las condiciones señaladas para el recorrido, pudiendo descalificar, y por tanto no dejar concluir la prueba, a aquellos participantes que cometieran alguna irregularidad con intención de engaño.
- Los aspirantes tendrán una sola oportunidad para efectuar cada ejercicio, y actuarán de forma individual, siguiendo el orden de participación que establecerá el tribunal.
- El tribunal publicará el mismo día de la prueba, previamente a la realización de la misma y para conocimiento de los aspirantes, los itinerarios, los tiempos de referencia y el orden de participación.
PRIMERA PARTE: COMÚN
Objetivo: valoración de la condición física.
Contenido:
- a) Velocidad de traslación. Recorrer una distancia de 50 metros, en terreno llano, de suelo firme regular y de trazado recto, en un tiempo inferior a 8 segundos los hombres, y 8,5 segundos las mujeres.
- b) Resistencia orgánica. Recorrer una distancia de 2.000 metros en terreno liso, llano, de suelo firme regular, en un tiempo inferior a 10 minutos los hombres, y 12 minutos las mujeres.
- c) Potencia de los principales músculos extensores de las extremidades inferiores. Realizar un «salto vertical» de al menos 45 cm los hombres, y 35 cm las mujeres.
- d) Flexibilidad global del tronco y extremidades inferiores. Descalzo y con los pies situados sobre un flexómetro, flexionar el cuerpo hacia delante, sin impulso y llevar los brazos simultáneamente tan atrás como sea posible, pasándolos por entre las piernas, para alcanzar al menos 30 cm los hombres, y 35 cm las mujeres.
- e) Potencia muscular general y sus condiciones de aplicación en las palancas óseas. De pie y parado; con las dos manos, lanzar hacia delante un balón medicinal, para alcanzar una distancia superior a 6 metros. El peso del balón medicinal será de 5 kg para los hombres y 3 Kg. para las mujeres.
Evaluación: se considerará superada la primera parte de la prueba cuando el aspirante la haya completado en su totalidad y en las condiciones establecidas para cada caso.
SEGUNDA PARTE: ESPECÍFICA
Objetivo: valorar las destrezas específicas.
Contenido: el aspirante tendrá que completar un circuito técnico que se realizará en un campo de fútbol de medidas reglamentarias, utilizando balones reglamentarios de la especialidad y que incluirá, siguiendo el mismo orden, los ejercicios que se indican en este apartado. Los ejercicios se efectuarán o iniciarán, según el caso, en el lugar que se especifica en el gráfico (1):
- a) Un pase largo.
- b) Conducción del balón con el pie, en carrera en línea recta.
- c) Conducción del balón con el pie, en carrera en zig-zag salvando cuatro obstáculos separados 2 m uno de otro.
- d) Efectuar tiro a puerta desde fuera del área.
- e) Recoger el balón del fondo de la portería y realizar una conducción elevada del balón (habilidad dinámica) hasta el vértice del área.
- f) Realizar un tiro de precisión a una portería pequeña (2 m x 1 m), situada sobre la línea de banda.
- g) Efectuar el control del balón que pasa un compañero, para realizar una pared seguida de una conducción del balón con el pie, con cambio de dirección.
- h) Impulsar el balón para pasarlo por debajo de una valla de 50 cm de altura y saltar sobre ella. A continuación, y sin detenerse, impulsar con el pie el balón para pasarlo por encima de otra valla de 50 cm de altura distanciada 5 m de la anterior, y pasar por debajo de ella.
- i) Tres lanzamientos a puerta desde fuera del área.
Evaluación:
- a) Cada evaluador tendrá que valorar el conjunto de los ejercicios de 1 a 10 puntos.
- b) La evaluación final de esta segunda parte de las pruebas se obtendrá al promediar las valoraciones aportadas por los evaluadores y se considerará superada cuando el promedio obtenido sea igual o superior a 5 puntos y el tiempo empleado no sea superior a 3 minutos.
La superación de la prueba de carácter específico tendrá efectos en todo el ámbito del Estado y tendrá una vigencia de 18 meses contados a partir de la fecha de terminación de aquélla.